BuscarEn líneaEn este momento hay 1 usuario y 3 invitados en línea.
|
NEGOCIACIÓN XIII CONVENIO DE CENTROS DE EDUCACIÓN UNIVERSITARIA E INVESTIGACIÓN Jue, 26/11/2009 - 11:11.
En la mañana del lunes 23, tuvo lugar la 10ª reunión de la mesa negociadora del XIII Convenio Colectivo de Ámbito Estatal para los Centros de Educación Universitaria e Investigación. Los sindicatos expusimos el contenido de los puntos 2 y 3 de la plataforma sindical conjunta. El 2 hace referencia al reparto de tareas de la dedicación ordinaria del personal docente y de investigación, y propusimos que debe ser repartido en 5 bloques, a saber: · 45% Docencia; 35% Investigación; 10% Formación; 5 % Gestión; y 5% Libre disposición. Estos porcentajes de dedicación podrían ser modificados para permitir la existencia de diversos perfiles profesionales, respetando los máximos y mínimos de las siguientes horquillas: 15%-70% perfil docente; 15%-80% perfil investigador; 0%-60% perfil gestor; 0%-10% perfil formación; y 0%-5% perfil de libre disposición. Las modificaciones se regirán por acuerdos y criterios de colaboración entre el personal docente e investigador y exigirá las condiciones: 1. No podrán superarse los topes establecidos. 2. Se requerirá un acuerdo escrito entre la empresa y el trabajador, visado por el Comité de Empresa. 3. El acuerdo recogerá fechas de inicio y finalización de dicha excepción a la distribución ordinaria de tareas. 4. Para evitar el perjuicio en las posibilidades de promoción del personal docente e investigador, se modificarán y aplicarán los baremos de evaluación de la Docencia y la Investigación, tal como indica la Mesa Sectorial del Estatuto del Personal Docente e Investigador. El punto 3 de la plataforma sindical conjunta hace referencia al documento de gestión del personal docente y de investigación y defendemos que: Todos los Centros, al inicio del año académico, confeccionarán un documento de gestión del PDI bajo el epígrafe “Criterios para la implantación del Espacio Europeo de Educación Superior”, en el que se especificará: · El reparto de horas de clase presencial por ECTS que se aplica. · El tiempo que se asigna a la preparación de clases por cada ECTS que se imparta. · El número de horas de tutoría que se asignan por alumno matriculado. · El porcentaje de trabajo del alumno que por ECTS debe como mínimo tutelar directamente el profesor. · El tiempo para la corrección de trabajos que se asigna por hora de trabajo del alumno. · El número de alumnos promedio por grupo que se utiliza como referencia. · El índice corrector aplicable por exceso de alumnos para estimar de forma más adecuada el trabajo del profesor. Además, recordamos que en estos momentos no concretamos el número de horas de la jornada laboral anual ya que es un tema que exige un estudio profundo que realizaremos más adelante, pero adelantamos que debe respetar el máximo de jornada laboral semanal de 37,5 h. Tras un receso patronal nos comunican que para valorar con exactitud el contenido del trabajo expuesto, lo necesitan por escrito, así como la propuesta sindical elaborada sobre la jornada anual. Una vez perfilado y remitido, nos pondremos de acuerdo en la fecha de la próxima reunión. Documentos relacionados |
El Lapicero - Periódico DigitalNovedades - Consejería de EducaciónNovedades - Universidad de Sevilla |